lunes, 4 de abril de 2011

El pan sin gluten tiene un IVA superior al del pan común

El pan sin gluten tributa al 8% de IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), mientras que el pan común tributa al 4%.
El hecho de que un pan deje de tener gluten en su composición pueda derivar en una mayor carga tributaria me hace pensar en que los legisladores no conocen el problema de los celíacos y la necesidad de seguir una dieta estricta libre de gluten.
Equiparan el pan sin gluten a los productos de dietas especiales más o menos voluntarias, como la gente que decide comer productos ecológicos por convicción, pero que no tienen “obligación” o necesidad, es decir que podrían elegir otro pan. En el caso de los celíacos no existe alternativa ya que deben seguir una dieta estricta sin gluten durante toda su vida, esto no puede suponer una penalización tributaria, bien al contrario debería generar algún tipo de ayudas por parte de la administración para compensar el coste adicional de la cesta de la compra de productos sin gluten, en general mucho más caros que los productos convencionales (con gluten).

Hay países como en Italia donde existen ayudas económicas para familias celíacas, en España algunas comunidades autónomas ofrecen alguna pequeña ayuda también, aunque no hay nada a nivel estatal para compensar los 1.500€ adicionales  que supone al año la cesta de la compra de un celíaco. El pan es un producto básico dentro de  la dieta mediterránea, se considera un producto de primera necesidad. Lo es más en el caso del celíaco, que no tiene alternativa a comprar un pan más caro de lo normal por la ausencia de economías de escala de la producción tan limitada. Si a eso añadimos una mayor carga fiscal, es como dar la puntilla; no te ayudo y encima te cobro más que al resto.
Se han creado algunos grupos de protesta en Facebook ante esta injusticia flagrante, La Federación de Celíacos de Andalucía remitió un escrito en Junio de 2010 al Ministerio de Economía y Hacienda. La respuesta del ministerio es impresentable, con un desconocimiento del tema asombroso, hablando de “pan común” y de “pan especial”, como si el celíaco tuviera elección. Podéis ver el escrito de respuesta aquí.
Creo que la FACE debería tomar acciones legales de forma unívoca, en estas cosas la unión hace la fuerza.
Ser celíaco no puede ser motivo de discriminación, tal como consagra la Constitución Española en su artículo 14: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

1 comentario:

  1. HOlaa yo tengo fenilcetonuria y mi problema con los alimentos es similar al de los celiacos, ya que yo tomo productos especiales bajos en proteínas. En 2010 no estaba el ministro de economía que está actualmente por tanto deberíais o deberíamos probar a emitir una carta de nuevo. A ver que pasa.Un saludo y por supuesto contad con nosotors para lo que sea. Estamos en facebook el grupo se llama Jovenes pku un saludo

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