Se aproxima la obligatoriedad de aplicación del Reglamento (CE) nº 41/2009 sobre composición y etiquetado de productos para personas con intolerancia al gluten
A partir del 1 de enero de 2012 resultarán obligatorias en toda la Unión Europea las disposiciones del Reglamento (CE) Nº 41/2009 sobre composición y etiquetado de productos alimenticios para personas con intolerancia al gluten, informa AESAN.
Este Reglamento establece las condiciones que deben reunir los alimentos que se comercialicen haciendo mención a su adecuación para satisfacer las necesidades nutricionales particulares de dicho grupo de población.
Pese a que el citado Reglamento fue publicado el 21 de enero de 2009 en el Diario Oficial de la Unión Europea, preveía un amplio periodo transitorio para permitir a los operadores económicos adaptar su proceso de producción y sus etiquetas a las nuevas disposiciones.
El Reglamento (CE) nº 41/2009 se aplica tanto a los alimentos especialmente destinados a este colectivo –dietéticos-, como los alimentos de consumo ordinario que puedan ser consumidos de forma segura por la población celiaca.
Esperemos que también el etiquetado adopte un tamaño legible.
aprovechamos el post para desearos un fantastico año 2012! un beso
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